Información sobre la tramitación de servicios notariales en la Embajada de Cuba en Estados Unidos
17 de septiembre de 2020
Nota informativa No. 6/2020 de la Embajada de Cuba en Estados Unidos sobre la tramitación de servicios notariales
A partir de la imposibilidad de ofrecer en nuestra oficina servicios consulares presenciales debido a la compleja situación epidemiológica que persiste en los EE.UU. relacionada con el desarrollo de la Covid-19 y, teniendo en cuenta la acumulación de solicitudes de tramitación de ESCRITURAS DE PODER en el primer semestre del año 2020 (Trámite que se realizaba de forma presencial en nuestra oficina consular en Washington), se informa lo siguiente:
Los ciudadanos que requieran otorgar un PODER, podrán realizar este trámite a través de las agencias con las cuales nuestro Consulado tiene contrato de trabajo. Estas agencias enviarán las escrituras de poderes para su legalización ante nuestra oficina consular, los cuáles una vez legalizados, serán enviados de regreso a las referidas agencias para su entrega a los interesados.
OFICINA CONSULAR DE LA EMBAJADA DE CUBA EN LOS EEUU
Para la confección de cualquier documento notarial, el solicitante debe presentar a la agencia:
Su pasaporte cubano vigente, así como copia del documento que lo acredite con derecho a emitir el poder, escritura, autorización o declaración que solicita, según sea el caso (copia de: propiedad de inmueble o vehículo, certificación de nacimiento del hijo y tarjeta de menor, cuño de salida de Cuba, carné de identidad cubano, etc.)
El otorgante, debe completar el modelo correspondiente, con letra legible.