Documento de Identidad y Viaje

Documento de Identidad y Viaje
(Documento autorizado “solo” en casos de emergencia por Inmigración de Cuba, cuando la persona no tiene pasaporte o esta vencido el que tenia)
El documento de Identidad y Viaje sustituye al pasaporte cubano
El documento de Identidad y Viaje sustituye al pasaporte cubano cuando este se ha perdido, se haya extraviado, hurtado o esté vencido y usted tiene necesidad de viajar a Cuba con urgencia, presentando la documentación pertinente que justifique lo anterior.
Este documento es autorizado por las autoridades migratorias cubanas. Se utiliza para una sola entrada a Cuba. Este documento debe solicitarse presencialmente en el Consulado.
En caso de que sea autorizado el Documento de Viaje y Tránsito para una sola entrada, el interesado, si ostenta la categoría migratoria de Emigrado, para poder regresar a Estados Unidos o viajar hacia otro país, debe confeccionar un nuevo pasaporte en las oficinas de la Consultoría Jurídica Internacional, trámite que demora de 7 a 10 días. En caso de ser Residente en el Territorio Nacional, debe realizarlo en cualquier unidad de Trámites del Ministerio del Interior (MININT), servicio que demora entre 10 y 15 días.


Para solicitar un Documento de Identidad y Viaje, debe presentar:
- Modelo general de trámites.
- Denuncia de la policía, si es por hurto del pasaporte
- Fotocopia del pasaporte si es por pérdida, y boleto de avión
- Pasaporte original, si está vencido.
- Dos fotos a color tipo pasaporte
- Referencia de la condición migratoria que posee (Residencia en el Exterior, Residencia en el territorio nacional o Emigrado).
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